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¿Qué es la Portabilidad Financiera?

Es un proceso regulado por la ley, que tiene por objeto principal la contratación de productos o servicios financieros con un nuevo proveedor
y el término de uno o más productos o servicios financieros con tu proveedor inicial.

Conceptos que debes conocer

Antes de que comiences tu proceso de portabilidad, queremos que tomes tu decisión con toda la información disponible. Estos son algunos de los términos que encontrarás en el camino.

Proveedor inicial

Corresponde a la institución financiera de origen, desde donde quieres portar tus productos.

Nuevo proveedor

Hace referencia al banco al que portarás tus productos financieros. En este caso, Banco de Chile será tu nuevo proveedor.

Productos a cerrar

Este concepto hace referencia a los productos en tu banco anterior, a los que les pondrás término. Recuerda que al portarlos, puedes aceptar de manera voluntaria, el no aumentar tu endeudamiento en ellos.

Productos a contratar

Hace referencia a los productos que quieres contratar en Banco de Chile.

Certificado de liquidación de deudas

Es el documento otorgado por el proveedor inicial, que contiene uno o más de tus productos, con su tasa, comisiones aplicables y el valor a desembolsar, para prepagar cada uno de ellos. Puedes solicitarlo a tu proveedor inicial, o nosotros podemos hacer ese trámite por ti.

Certificado de pago del impuesto de timbres y estampillas

Corresponde al certificado que da cuenta del pago o exención del impuesto de timbre y estampillas de tus productos de crédito a portar, para efectos de acogerse al beneficio tributario de la ley 20.130.

Mandato de término de producto

Este mandato, otorgado por ti, nos permite realizar todos los pagos, comunicaciones o requerimientos correspondientes con tu proveedor inicial.

Estado de situación

Podríamos pedirte información adicional para conocerte mejor y darte una mejor oferta. Para eso, podríamos solicitar una declaración de bienes, documentos y algunos datos de tu situación financiera.

Oferta de portabilidad u oferta

Oferta escrita, regulada en el artículo 7 de la ley de portabilidad financiera, en la que te proponemos determinados productos o servicios financieros, y especifica los productos que mantienes con tu proveedor inicial y que serán objeto de mandato de término.